Las Competencias educativas
Las Competencias educativas
Temístocles Muñoz López
http://www2.uadec.mx/pub/interactivo/gacetaSept2015/index.html#/56
La Ley de Educación de Coahuila, publicada hace 20 años en el Periódico Oficial, para ser preciso, el martes 28 de mayo de 1996, dice a la letra:
ARTÍCULO 53.- La educación superior comprende la universitaria, tecnológica y normal, con los niveles de técnico superior, licenciatura y posgrado. Se orienta al desarrollo pleno e integral de conocimientos, actitudes, hábitos, aptitudes y valores que promuevan la creatividad, la iniciativa y la convivencia social. (Negritas del autor de éste artículo)
No tendría caso sacarla a colación si no se relacionara con la educación universitaria de hoy, y a que en la elaboración y redacción de la misma participamos con el Lic. Rubén Moreira Valdez, en su papel de Director Jurídico de la Secretaría de Educación Pública del Estado, y que como vemos, es anticipatoria a los atributos exigidos por los actuales modelos de competencias educativas.
En efecto, los autores y organizaciones internacionales más connotados en el tema de la educación basada en competencias nos refieren con una pasmosa concordancia al mencionado artículo el concepto de Disposiciones que forman las competencias. Estos son, el Proyecto Tuning para América Latina (Beneitone, 2007), la Red Iberoamericana para la Acreditación de la Calidad de la Educación Superior RIACES, Carlos Cullen, (1996), la Organización Internacional del Trabajo (Vargas Zuñiga, 2004), Rodolfo Posada Álvarez (2002), Philippe Zarifian (1999), el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España (2003), la Secretaría de Educación Pública (2004c), el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (U.S. Department of Labor, SCANS, 1993), Gary Beker (2000), el Modelo académico 2003 de educación basada en competencias contextualizadas (EBCC) del Sistema Conalep (Conalep, 2007), la Reforma Integral de la Educación Media Superior (Székely, 2007), la perspectiva del Grupo de estudio Selección y Desarrollo de Competencias (SeDeCo) de la OCDE con Rychen and L.H. Salganik (2001), las definiciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y el PMETyC (OCDE, 2005), el Glosario de competencias de la SEP (2007), y en la formación profesional Mónica Sladogna (2000).
Con ellos existe el concenso de que se entienden las competencias como: la movilización integral de un conjunto articulado de disposiciones (conocimientos, valores, hábitos, actitudes y aptitudes) manifestadas en un desempeño previamente definido, en un contexto establecido y con niveles de ejecución especificados previamente.
Es sorprendente que las disposiciones fundamentales que caracterizan a las competencias educativas hubiesen sido tan exactamente anticipadas por la Ley de Educación de Coahuila, aunque muchos hoy la consideren letra muerta, o no la consideren.
Las disposiciones y su desarrollo vienen a ser así el núcleo operativo de las competencias tanto en la Ley de Educación de Coahuila como en las perspectivas contemporáneas. Entendemos aquí una disposición de acuerdo a la Real Academia, como la colocación o arreglo integralmente ordenado de las cualidades personales, para lograr un propósito, algún fin, y como medio para ejecutar un propósito. En Ferrater Mora “es similar a algunos de los sentidos de los vocablos “potencia”, “posibilidad”… ciertas cualidades… no necesariamente manifiestas.”
Así, las disposiciones son activos que adquiere y con los que cuenta una persona, activos que no le pueden ser removidos y que se incrementan con la educación. Al mismo tiempo las disposiciones son potencialidades que pueden ser intencionalmente movilizadas, aislada o armónicamente, y articuladas en el curso de la vida para lograr ciertos fines previstos que conocemos como competencias.
El Qué de la educación actual es la Educación Centrada en el Estudiante y el Aprendizaje, condicionado por las tendencias del aprendizaje significativo, el constructivismo y la metacognición como fundamentos formativos, mientras que el Cómo de esta Nueva Educación es la educación por competencias.
En el mundo del trabajo la Educación Basada en Normas de Competencias (EBNC) se estableció en los Estados Unidos desde los años treinta del siglo pasado para garantizar la calidad y pertinencia de los egresados con el mercado laboral (Gonzci, 2001) pero aún no entraban al programa académico. Ello ocurre con las Normas ISO, y las normas de competencia en el ámbito laboral que se trasladan a las competencias profesionales requeridas para desempeñar un trabajo primero, y luego, ahora sí, al ámbito de la escuela, a su currículum, a sus estructuras, sus procesos y el perfil de sus egresados. Esto ocurre en los 80´s dentro del “boom” de la calidad con el CONALEP como pionero, en Europa desde comienzos de los 90 y después en América Latina, para la gestión y aseguramiento de calidad en la formación.
Desanudando la polisemia del vocablo “Competencia” revelamos ambas en sus acepciones de competencias profesionales y competencias curriculares, que se articulan al concepto de educación superior. Pero la palabra “competencia” (Rodríguez Castro, 2006; Pimentel Alvarez, 2004; y la Real Academia Española en línea) originalmente deriva de las latinas cum (con, unión, junto con) y petere (dirigirse hacia un lugar, aspirar a algo, pedir; tratar de alcanzar o tratar de ganar), que si nos apura tendría que referirse originalmente a la acción intencionada de llegar a, o lograr algo previamente definido.
Desde el siglo XV se diferencian Competo que refiere competer, como incumbencia, corresponder a… (p. Ej. Competencia del juez), o competitor, quien lucha contra otro(s) por obtener para sí algún recurso.
Un curso que se diseña requiere atender como logro prioritario la formación del estudiante en cada una de las unidades de estudio, y programar las actividades como Aprendizajes Esperados que apuntan a las competencias en los niveles de desempeño, y éstas a su vez a los campos formativos o de Realización Personal del estudiante.
Así, las competencias educativas no son una moda, son un modo, más bien un modo articulante que anuda por un lado el perfil humano y profesional del futuro egresado, con la práctica docente en el aula, en lo que llamaríamos el Modelo Pedagógico. Queda así marcada la línea divisoria entre el problema de los contenidos que dependen de cada carrera, y el modelo institucional de competencias con su marco curricular que es único y común para todos los programas educativos y carreras.
El contenido de cada competencia nos indica lo que es necesario incluir en cada uno de los cursos como los aprendizajes que son esperados en el estudiante, independientemente de los contenidos de la materia, o el nombre que se decida poner a la competencia en el modelo de la institución. El problema se limita, entonces, a la planeación (programa) del curso, que en cada sesión define las actividades y medios para alcanzar los aprendizajes esperados, y especificar a qué competencia apunta este aprendizaje para el cumplimiento de un Marco Curricular Profesional Humanista, al que tan ansiadamente aspiran las instituciones de educación superior.
Ejemplo de una matriz para definir competencias (Muñoz López y Hernández Cueto):
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